Reparto de premios por categoría

Se destinará al fondo de premios el 55 % de la recaudación total más posibles botes acumulados de sorteos anteriores. De ese 55% de lo recaudado destinado al fondo de premios, el 10% se destina al pago de premios de la categoría del Reintegro y el 45% restante al pago de premios de las restantes 5 primeras categorías. El fondo destinado a la 5ª categoría se deduce del importe de multiplicar el premio fijo de 4 euros por cada apuesta acertada. El fondo destinado a las 4 primeras categorías se obtiene de restarle el fondo destinado a la 5ª categoría al 45% de la recaudación destinada al pago de premios de las primeras 5 categorías.

Detalle por categoría

Llamemos FR al Fondo Restante formado por el 45% de la recaudación menos el fondo destinado a la 5ª categoría
  • 1ª Categoría (6 aciertos): 45% del FR, más el BOTE.
  • 2ª Categoría (5 aciertos + nº complementario): 24% del FR.
  • 3ª Categoría (5 aciertos): 12% del FR.
  • 4ª Categoría (4 aciertos): 19% del FR.
  • 5ª Categoría (3 aciertos): 4 euros por apuesta acertada (que equivale al 45% de la recaudación menos el fondo destinado a las 4 primeras categorías).
  • Reintegro: En la modalidad diaria se devuelve el importe de la apuesta del sorteo jugado, mientras que en la modalidad de Bonoloto Semanal se devuelve la parte de la apuesta que equivale a la apuesta diaria y de todos aquellos días en los que se haya acertado el reintegro de los sorteos jugados, destinándose para el montante total de este premio el 10% de la recaudación.

En el caso de en una misma categoría aparecieran varios acertantes, el premio correspondiente se repartiría a partes iguales entre los acertantes de la categoría. Si con el reparto sucediera que una categoría inferior recibiera un premio por apuesta mayor que una categoría superior, se juntaría el fondo de ambas categorías y se repartiría a partes iguales entre todos los acertantes de las dos categorías.

Cobro de premios

El cobro de los premios se hace de dos maneras diferentes dependiendo de la cantidad ganada:

  • Los premios con importe inferior a 2500 € podrán hacerse efectivos en cualquier establecimiento de Loterías y Apuestas del Estado.
  • Los premios que superen los 2500 € sólo se podrán hacer efectivos en las entidades bancarias colaboradoras de Loterías y Apuestas del Estado.

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